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Las visas R-1 ahora están disponibles para miembros del clero y también para empleados de organizaciones religiosas. La visa R-1 le permite a empleados del ámbito religioso ingresar temporalmente a los Estados Unidos. La vocación religiosa se define como un llamado a la vida religiosa, demostrando un compromiso por toda la vida; por ejemplo, tomar los votos religiosos. Las monjas, los monjes y las hermandades religiosas son un ejemplo de trabajadores dedicados a la religión. Un trabajo religioso se define como un compromiso continuo en actividades relacionadas con funciones tradicionales religiosas. Esta definición incluye a trabajadores litúrgicos, instructores o cantores, catequistas, misioneros, trabajadores de hospitales, traductores y locutores religiosos. Sin embargo, no incluye a conserjes, personal de mantenimiento, funcionarios, recaudadores de fondos o solicitantes de donaciones.
Al cónyuge y/o los hijos solteros y menores de 21 años se les otorga un estatus derivado de esta visa para ingresar al país. No se les permite trabajar durante su estancia, pero pueden ir a la escuela.
PASOS
La organización solicitante debe presentar un formulario l-129 junto con la documentación de respaldo ante la USCIS. Una vez que la petición ha sido aprobada, el beneficiario debe solicitar una visa R-1 en la Embajada o el Consulado de los Estados Unidos con jurisdicción sobre el lugar de su residencia permanente. No es necesario mantener una residencia en el extranjero la cual no tiene intención de abandonar, pero debe tener la intención de abandonar los Estados Unidos cuando su estatus R-I se venza.
DOCUMENTOS
Para obtener la lista de documentos que deben presentarse puntualmente en la entrevista, visite la página del Consulado de Estados Unidos en dónde se realiza la aplicación para la visa.
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FAQs - Preguntas frecuentes
Hay docenas de diferentes tipos de visas disponibles bajo las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), pero todas pueden clasificarse en dos categorías: visas de inmigrante y no inmigrante. La primera es destinada para aquellos que desean establecerse como residentes permanentes y, posiblemente, obtener la naturalización o la ciudadanía. La segunda es para aquellos que planean únicamente visitar los Estados Unidos, por ejemplo, por motivo de negocios o de estudios.
La INA establece los límites de personas que podrán emigrar cada año a los Estados Unidos utilizando ciertos tipos de visas, mientras que otras son ilimitadas. Las visas de inmigración familiar para familiares directos de ciudadanos estadounidenses están disponibles de forma ilimitada, mientras que hay cuotas anuales establecidas para los familiares de residentes permanentes legales y la familia de los ciudadanos, con una cuota máxima de 480,000. El número de visas de inmigración basadas en empleo está limitado a 140,000 por año.
Las vías para obtener la ciudadanía incluyen el servicio militar en los Estados Unidos y la adopción, pero un gran porcentaje de todas las personas que se convierten en ciudadanos lo hacen a través del proceso de naturalización. Los requisitos básicos para la naturalización incluyen:
- Haber vivido en EE.UU como residente permanente durante 5 años (o 3 años para el cónyuge de un ciudadano estadounidense).
- Tener al menos 18 años de edad.
- Vivir dentro del estado en donde realizará la solicitud de ciudadanía por al menos 3 meses antes de la fecha de solicitud.
- Haber estado físicamente presente en el país durante al menos la mitad de los últimos 5 años.
- Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés.
- Tener conocimientos básicos sobre el Gobierno de EE.UU. y educación cívica.
También es necesario comprobar que es una persona de buen carácter moral y de que está apegado a los principios de la Constitución de EE.UU. Podemos ayudarle a comprobar estos factores, así como a preparar su solicitud y a prepararse para sus exámenes.