Abogados de apelación de inmigración
Al servicio de clientes alrededor del mundo
Abogados de apelación de inmigración
Más de 20 años al servicio de todo Virginia
Si usted ha sido objeto de una decisión por parte de las autoridades migratorias y desea apelar esa decisión, póngase en contacto con Fayad Law, P.C. Nuestro bufete puede ayudarle a apelar la decisión tomada por la BIA (Junta de Apelaciones de Inmigración) o por el DHS (Departamento de Seguridad Nacional) o en el Tribunal Federal de Apelaciones del Cuarto Circuito. Estos son considerados asuntos urgentes, los cuáles deben manejarse con delicadeza y habilidad, si es que espera obtener un resultado positivo.
Nuestros abogados en Fayad Law, P.C cuentan con más de 20 años de experiencia en todos los aspectos legales de inmigración, incluyendo visas, defensa en deportación, asilo político, residencia permanente y ciudadanía. Si usted enfrenta un tema de deportación, cuenta únicamente con un periodo corto de tiempo para solicitar una apelación y su caso debe ser abordado por un abogado de Virginia con la experiencia necesaria en inmigración.
Apelaciones para la BIA o el DHS
Nosotros representamos personas quienes apelan una decisión por parte de un oficial de la USCIS, el DHS, incluyendo multas, sanciones y decisiones lícitas tomadas por el DHS. Estos asuntos tal vez requieran de la presencia de la persona y la presentación de sus argumentos ante la BIA, de ser el caso, usted quiere y necesita tener al mejor representante a su lado. Se puede presentar una reseña o declaración por escrito, el cual debe elaborarse con gran habilidad y conocimiento acerca del trabajo interno que se realiza en la BIA, así como la forma en la que toman decisiones ante una apelación.
El presentar su apelación requiere de varias solicitudes, incluyendo una forma de notificación de apelación que necesitará detalles específicos sobre su caso. La manera en la que su caso es presentado es de suma importancia en relación con la decisión final de su apelación. Una visa denegada, una apelación de deportación u otro tipo de apelación es una cuestión que puede cambiar su vida. No es viable arriesgarse en un asunto delicado como este, así que póngase en contacto con nosotros lo antes posible para brindarle la asistencia necesaria.
Póngase en contacto con nuestras oficinas para hablar sobre su apelación inmigratoria y así poder asesorarle respecto al proceso. Existe un tiempo límite para presentar una apelación, por lo cual debe contactarnos sin retraso alguno.
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FAQs - Preguntas frecuentes
Hay docenas de diferentes tipos de visas disponibles bajo las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), pero todas pueden clasificarse en dos categorías: visas de inmigrante y no inmigrante. La primera es destinada para aquellos que desean establecerse como residentes permanentes y, posiblemente, obtener la naturalización o la ciudadanía. La segunda es para aquellos que planean únicamente visitar los Estados Unidos, por ejemplo, por motivo de negocios o de estudios.
La INA establece los límites de personas que podrán emigrar cada año a los Estados Unidos utilizando ciertos tipos de visas, mientras que otras son ilimitadas. Las visas de inmigración familiar para familiares directos de ciudadanos estadounidenses están disponibles de forma ilimitada, mientras que hay cuotas anuales establecidas para los familiares de residentes permanentes legales y la familia de los ciudadanos, con una cuota máxima de 480,000. El número de visas de inmigración basadas en empleo está limitado a 140,000 por año.
Las vías para obtener la ciudadanía incluyen el servicio militar en los Estados Unidos y la adopción, pero un gran porcentaje de todas las personas que se convierten en ciudadanos lo hacen a través del proceso de naturalización. Los requisitos básicos para la naturalización incluyen:
- Haber vivido en EE.UU como residente permanente durante 5 años (o 3 años para el cónyuge de un ciudadano estadounidense).
- Tener al menos 18 años de edad.
- Vivir dentro del estado en donde realizará la solicitud de ciudadanía por al menos 3 meses antes de la fecha de solicitud.
- Haber estado físicamente presente en el país durante al menos la mitad de los últimos 5 años.
- Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés.
- Tener conocimientos básicos sobre el Gobierno de EE.UU. y educación cívica.
También es necesario comprobar que es una persona de buen carácter moral y de que está apegado a los principios de la Constitución de EE.UU. Podemos ayudarle a comprobar estos factores, así como a preparar su solicitud y a prepararse para sus exámenes.