Víctimas de violencia doméstica y delitos criminales

GET THE LEGAL HELP YOU NEED

Víctimas de violencia doméstica y delitos criminales – Sí hay opciones para personas indocumentadas

28 de mayo de 2014

 

Existen varias opciones para aquellas víctimas de violencia doméstica u otros delitos graves que no tienen documentos legales en los E.E.U.U. para solicitar una visa o cambio de estatus.

 

Una opción es el estatus otorgado por la Visa U. El estatus no inmigrante U (también conocido como Visa U) es otorgado a personas que han sido víctimas de abuso físico o mental y están dispuestas a apoyar a las autoridades denunciado dicha actividad criminal ocurrida dentro de los E.E.U.U. La victima podrá incluir a miembros de su familia ya sea esposos, hijos, hermanas solteras y hermanos menores de 18 años, madre y padre.

 

El trámite para solicitar la Visa U debe de ser por medio de la Forma Migratoria I-918 entre otros requisitos. El o la solicitante deberá haber sufrido un sustancial abuso físico o mental provocado por una actividad criminal, en una o varias de las siguientes categorías: violación, tortura, incesto, violencia doméstica, asalto sexual, abuso sexual, explotación sexual, hostigamiento, trato de esclavo, secuestro, extorsión, asesinato, asalto criminal, manipulación de testigos, entre otros.

 

Las peticiones deberán incluir información de cómo las victimas podrán ayudar a los oficiales policiales, a un juez, u una agencia gubernamental proveyendo detalles del crimen. Una víctima puede participar en la investigación y/o la prosecución del individuo que cometió el crimen.

 

La victima además deberá de estar dispuesta a trabajar con los oficiales policiales, el juez, o la agencia gubernamental proveyendo información relacionada a al delito.

 

Parte del Formulario I-918 deberá ser certificado por un agente o autoridad federal local o estatal, o por un juez estatal o federal a cargo de la investigación donde el solicitante es la víctima. Tome en cuenta que sin esta certificación la solicitud de la Visa U no podrá tramitarse.

 

Sin embargo, la certificación por sí sola no garantiza la elegibilidad de todos los hechos a considerarse. La certificación individual deberá ser el eje para expedir la visa U y si en algún momento la víctima no coopera con los esfuerzos de la ley, la certificación será retirada. Para las víctimas de familiares inmediatos de ciudadano o residentes de los Estados Unidos existe el programa de VAWA (Violencia en contra de la mujer).

 

¿Cuál es la diferencia entre VAWA y la Visa U? La diferencia entre estos dos beneficios es que la Visa U requiere participación en la investigación o convicción de un crimen cometido en contra de la víctima pero no requiere que el agresor sea ciudadano americano o residente del país. El agresor puede ser indocumentado. Lo más importante es la ayuda proveída por la victima a las autoridades. Sin embargo, VAWA requiere que el agresor sea ciudadano americano o residente. Pero la víctima no necesariamente debe haber participado en la investigación o convicción del agresor.

 

La persona que ha a sido agredido o si a sufrido crueldad o abuso extremo por sus padres ciudadanos americanos o residentes también califica. También, usted puede aplicar si fue víctima de crueldad o abuso extremo por su hijo/a ciudadano americano mayor de 18 años. La diferencia es que el hijo/a agresor debe ser ciudadano americano y no residente permanente.

 

Para calificar para VAWA no es absolutamente necesario reportar el abuso a la policía, pero si es beneficial. La aplicación de VAWA requiere mucha evidencia del abuso. Usted tiene que comprobar que el abuso fue cruel y extremo. Debe incluir reportes de la policía, de investigadores, y/o records de corte. Si no los tiene, tendrá que suministrar cartas juradas de personas que tienen conocimiento propio del abuso y violencia.

 

Estas solo son algunas de las muchas preguntas que usted puede tener. Para más información sobre este tipo de caso contacte a un abogado de inmigración que le podrá aconsejar de la manera correcta.

Introducción A La Ley De Fayad, P.C.

Contáctenos


Respetamos su privacidad. La información que usted proporcione se utilizará para responder a sus preguntas o para agendar una cita si lo solicita.

Nota: Todos los campos que contienen * son obligatorios

¿tiene Preguntas Sobre Sus Derechos? Listo Para Discutir Tu
Caso De Inmigración? Comuníquese Con Fayad Law, P.C. Ahora.

¿Qué diferencia a Fayad Law, P.C.?

Como bufete de abogados boutique, nos aseguramos de que cada caso que manejamos y cada cliente que representamos reciba nuestra atención personalizada. Limitamos nuestro número de casos para asegurarnos de que nuestros clientes se sientan verdaderamente apoyados en todo momento, de principio a fin. Sus mejores intereses siempre serán la prioridad, y esa es nuestra prioridad principal. Sabemos que cualquier tipo de asunto legal puede resultar abrumador. Abordamos cada caso con compasión y dedicación de principio a fin porque sabemos cuánto puede estar en juego para usted. Traemos más de 20 años de experiencia legal combinada a la mesa, lo que brinda a nuestros clientes el conocimiento legal y la perspectiva necesarios para navegar con éxito en varios procesos legales.

Experiencia De Primera Mano
Como Inmigrantes

Inglés, Árabe, Francés,
Ruso Y Español

Una Trayectoria Probada
De Éxito

Personal, uno a uno
Atencion

Te Mantienes Informado
En Todo Momento

Nos Esforzamos Por El Cliente
Satisfacción

FAQs - Preguntas frecuentes

Hay docenas de diferentes tipos de visas disponibles bajo las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), pero todas pueden clasificarse en dos categorías: visas de inmigrante y no inmigrante. La primera es destinada para aquellos que desean establecerse como residentes permanentes y, posiblemente, obtener la naturalización o la ciudadanía. La segunda es para aquellos que planean únicamente visitar los Estados Unidos, por ejemplo, por motivo de negocios o de estudios.

La INA establece los límites de personas que podrán emigrar cada año a los Estados Unidos utilizando ciertos tipos de visas, mientras que otras son ilimitadas. Las visas de inmigración familiar para familiares directos de ciudadanos estadounidenses están disponibles de forma ilimitada, mientras que hay cuotas anuales establecidas para los familiares de residentes permanentes legales y la familia de los ciudadanos, con una cuota máxima de 480,000. El número de visas de inmigración basadas en empleo está limitado a 140,000 por año.

Las vías para obtener la ciudadanía incluyen el servicio militar en los Estados Unidos y la adopción, pero un gran porcentaje de todas las personas que se convierten en ciudadanos lo hacen a través del proceso de naturalización. Los requisitos básicos para la naturalización incluyen:

  • Haber vivido en EE.UU como residente permanente durante 5 años (o 3 años para el cónyuge de un ciudadano estadounidense).
  • Tener al menos 18 años de edad.
  • Vivir dentro del estado en donde realizará la solicitud de ciudadanía por al menos 3 meses antes de la fecha de solicitud.
  • Haber estado físicamente presente en el país durante al menos la mitad de los últimos 5 años.
  • Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés.
  • Tener conocimientos básicos sobre el Gobierno de EE.UU. y educación cívica.

También es necesario comprobar que es una persona de buen carácter moral y de que está apegado a los principios de la Constitución de EE.UU. Podemos ayudarle a comprobar estos factores, así como a preparar su solicitud y a prepararse para sus exámenes.

En junio de 2012, la administración de Obama ordenó al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) que comenzará a aplicar una política que se conoce como Acción diferida para los llegados en la infancia (DACA). Bajo dicha acción, el DHS está ejerciendo su discreción en la ejecución de las leyes sobre la deportación y expulsión de inmigrantes que se encuentran ilegalmente en los Estados Unidos. La acción diferida no representa un cambio en la ley actual, sino que es un cambio en la forma en la que se aplica la ley. Usted puede calificar bajo la DACA si tenía menos de 31 años el 15 de Junio del 2012 cuando vino por primera vez a EE.UU. y antes de cumplir 16 años, también si ha residido continuamente en este país desde el 15 de Junio del 2007 y está estudiando actualmente o si ya se ha graduado del bachillerato o ha obtenido su certificado de desarrollo educativo general (GED), entre otros criterios. Con la acción diferida puede evitar ser deportado, aunque no le otorga ningún cambio en su estatus migratorio.
En la revisión de solicitudes de visa de inmigración, el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de EE.UU. (USCIS) considera los factores relacionados con los vínculos que el inmigrante tiene con los Estado Unidos y las razones por las cuales el solicitante desea o necesita vivir en este país. Por ejemplo, una solicitud de inmigración familiar no puede ser aprobada a menos que el extranjero en cuestión tenga familiares directos, tales como: cónyuge, madre o padre, hijos o hermanos viviendo actualmente en el país como ciudadanos o residentes permanentes. Es más probable que se apruebe  una solicitud de inmigración basada en empleo si el solicitante tiene una oferta de trabajo en este país y viene a cubrir un puesto que no puede ser ocupado por alguien del mercado laboral local. A un extranjero que está huyendo de una persecución en su país se le puede otorgar una visa como refugiado o de asilo político.
Existen muchas estrategias para enfrentar una acción de deportación. Si la deportación propuesta está basada en una condena criminal, es posible apelar dicha condena para anularla. Otra opción es solicitar una cancelación de expulsión, lo que es un tipo de dispensa de inmigración, y la cual está disponible para personas de buen carácter moral y cuya deportación sometería a un familiar ciudadano o residente permanente a dificultades extremas. La clave para detener una deportación exitosamente es actuar de inmediato al contratar a uno de nuestros abogados de inmigración lo antes posible. Contáctenos en Fayad Law P.C. en este momento para recibir una consulta de forma confidencial y así comenzar a trabajar en su caso.
Fayad Law, P.C. Cuenta con oficinas en Richmond y Fairfax, en Virginia. Trabajamos con personas, familias y empresas de todo el mundo, brindándoles asesoría para resolver asuntos legales relacionados con ayudar a sus seres queridos y empleados a emigrar a los Estados Unidos. Trabajamos directamente con extranjeros que viven fuera del país, guiándolos en todo el proceso para obtener visas de inmigrante y no inmigrante y que puedan ingresar a EE.UU.

Clientes Reales, Reseñas Reales

js_loader

Asociaciones profesionales

Contacte Con Nosotros Hoy Mismo

Contacte Con Nosotros Hoy Mismo!


Respetamos su privacidad. La información que usted proporcione se utilizará para responder a sus preguntas o para agendar una cita si lo solicita.

Nota: Todos los campos que contienen * son obligatorios

¿Tiene preguntas sobre sus derechos? ¿Está listo para tratar su asunto legal? Póngase en contacto con Fayad Law P.C. ahora mismo

Contact us pic1
contact us pic2

Suscríbase a la revista de Fayad Law y reciba noticias mensuales
directamente en su bandeja de entrada