Tribunal del Cuarto Circuito de Apelaciones
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Tribunal del Cuarto Circuito de Apelaciones
Abogados de Apelaciones de Inmigración en Virginia
El Cuarto Circuito de Apelaciones es el Tribunal que se encarga de las apelaciones de casos de los tribunales del distrito federal y de las agencias federales administrativas en Virginia, West Virginia, Carolina del Norte y Carolina del Sur. Como tal, es el Tribunal de Apelaciones en el que los abogados de Fayad Law, P.C. regularmente presentan y defienden apelaciones migratorias. Durante dos años, nuestros abogados de inmigración han ayudado a aquellos clientes que han sido llamados a una audiencia con la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) o con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE), y han buscado la apelación de sus decisiones ante el Tribunal del Cuarto Circuito de Apelaciones.
Representación para apelaciones migratorias en el Tribunal del Cuarto Circuito de Apelaciones
Las cuestiones técnicas y complejas que están relacionadas con presentar una apelación ante el Tribunal de Apelaciones, deben ser remitidas a un abogado experto en apelación migratoria, ya que los requisitos para presentarla y los argumentos legales que deben prepararse son sumamente estrictos y difíciles de comprender para la mayoría de las personas inexpertas en el área. Aunque una persona tal vez haya sido expulsada de los Estados Unidos, si se presenta una apelación ante el Tribunal con anticipación, será revisada y probablemente cambie la decisión definitiva respecto a la orden de expulsión. El hecho de que su ser querido haya sido expulsado de los Estados Unidos no es una razón para darse por vencido respecto al caso. El Cuarto Circuito ha revertido muchas órdenes de expulsión anteriormente.
En estos asuntos, el plazo para presentar una apelación es de suma importancia. Permítanos ayudarle o a un ser querido, si es que una apelación está dentro del Cuarto Circuito. No cualquier bufete cuenta con abogados que tengan el título correspondiente para ejercer apelaciones ante el Tribunal del Cuarto Circuito. Aquí, en Fayad Law, contamos con abogados autorizados para ejercer ante este Tribunal. Nuestras décadas de experiencia y éxito le brindaran los mejores resultados y puede estar seguro de que está obteniendo la mejor representación legal.
Póngase en contacto con nosotros hoy mismo y agende una consulta gratuita antes de que expire la fecha límite para presentar su apelación.
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FAQs - Preguntas frecuentes
Hay docenas de diferentes tipos de visas disponibles bajo las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), pero todas pueden clasificarse en dos categorías: visas de inmigrante y no inmigrante. La primera es destinada para aquellos que desean establecerse como residentes permanentes y, posiblemente, obtener la naturalización o la ciudadanía. La segunda es para aquellos que planean únicamente visitar los Estados Unidos, por ejemplo, por motivo de negocios o de estudios.
La INA establece los límites de personas que podrán emigrar cada año a los Estados Unidos utilizando ciertos tipos de visas, mientras que otras son ilimitadas. Las visas de inmigración familiar para familiares directos de ciudadanos estadounidenses están disponibles de forma ilimitada, mientras que hay cuotas anuales establecidas para los familiares de residentes permanentes legales y la familia de los ciudadanos, con una cuota máxima de 480,000. El número de visas de inmigración basadas en empleo está limitado a 140,000 por año.
Las vías para obtener la ciudadanía incluyen el servicio militar en los Estados Unidos y la adopción, pero un gran porcentaje de todas las personas que se convierten en ciudadanos lo hacen a través del proceso de naturalización. Los requisitos básicos para la naturalización incluyen:
- Haber vivido en EE.UU como residente permanente durante 5 años (o 3 años para el cónyuge de un ciudadano estadounidense).
- Tener al menos 18 años de edad.
- Vivir dentro del estado en donde realizará la solicitud de ciudadanía por al menos 3 meses antes de la fecha de solicitud.
- Haber estado físicamente presente en el país durante al menos la mitad de los últimos 5 años.
- Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés.
- Tener conocimientos básicos sobre el Gobierno de EE.UU. y educación cívica.
También es necesario comprobar que es una persona de buen carácter moral y de que está apegado a los principios de la Constitución de EE.UU. Podemos ayudarle a comprobar estos factores, así como a preparar su solicitud y a prepararse para sus exámenes.