TPS y AOS
Las personas con TPS (Estatus de protección temporal) que tienen una petición familiar aprobada tienen opciones para ajustar su estatus sin tener que cumplir con el castigo de 10 años fuera del país por haber entrado a los E.E.U.U. ilegalmente.
De acuerdo a una decisión de la mesa de apelaciones de inmigración, una persona que es inicialmente inadmisible – tal vez porque entro a los E.E.U.U. sin documentos y ha obtenido un permiso para re-entrar al país posiblemente puede ajustar su estatus en los E.E.U.U.
Toda persona que entra a los estados unidos sin documentos o que permanece en los E.E.U.U. después del vencimiento de su visa enfrenta un castigo de 3 o 10 años. Este castigo no comienza hasta que la persona sale del país. La excepción es cuando una persona obtiene un permiso de inmigración, “Advance Parole”, para salir del país i re-ingresar aunque no tenga residencia o ciudadanía. Este es el caso de muchas personas con TPS de países centro americanos y el caribe entro otros. Al obtener su permiso para salir del país y re-ingresar sin problema, usted no ha activado el castigo de 10 años.
Entonces, las persona con TPS que ha salido del país y re-ingresado exitosamente es elegible para ajustar estatus sin tener que pedir una exención provisional. Si la persona no logra re-ingresar al país o no ha salido del país aunque tenga TPS deberá aplicar por una exención provisional antes de poder ajustar su estatus. Si la persona está casada con un ciudadano americano – no habrá espera para una visa. Si está casada/o con Residente Permanente si hay una espera. Se urge que consulte con un abogado antes de pedir un permiso para salir del país con TPS especialmente si tiene antecedentes criminales o ha tenido una orden de deportación anteriormente.
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FAQs - Preguntas frecuentes
Hay docenas de diferentes tipos de visas disponibles bajo las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), pero todas pueden clasificarse en dos categorías: visas de inmigrante y no inmigrante. La primera es destinada para aquellos que desean establecerse como residentes permanentes y, posiblemente, obtener la naturalización o la ciudadanía. La segunda es para aquellos que planean únicamente visitar los Estados Unidos, por ejemplo, por motivo de negocios o de estudios.
La INA establece los límites de personas que podrán emigrar cada año a los Estados Unidos utilizando ciertos tipos de visas, mientras que otras son ilimitadas. Las visas de inmigración familiar para familiares directos de ciudadanos estadounidenses están disponibles de forma ilimitada, mientras que hay cuotas anuales establecidas para los familiares de residentes permanentes legales y la familia de los ciudadanos, con una cuota máxima de 480,000. El número de visas de inmigración basadas en empleo está limitado a 140,000 por año.
Las vías para obtener la ciudadanía incluyen el servicio militar en los Estados Unidos y la adopción, pero un gran porcentaje de todas las personas que se convierten en ciudadanos lo hacen a través del proceso de naturalización. Los requisitos básicos para la naturalización incluyen:
- Haber vivido en EE.UU como residente permanente durante 5 años (o 3 años para el cónyuge de un ciudadano estadounidense).
- Tener al menos 18 años de edad.
- Vivir dentro del estado en donde realizará la solicitud de ciudadanía por al menos 3 meses antes de la fecha de solicitud.
- Haber estado físicamente presente en el país durante al menos la mitad de los últimos 5 años.
- Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés.
- Tener conocimientos básicos sobre el Gobierno de EE.UU. y educación cívica.
También es necesario comprobar que es una persona de buen carácter moral y de que está apegado a los principios de la Constitución de EE.UU. Podemos ayudarle a comprobar estos factores, así como a preparar su solicitud y a prepararse para sus exámenes.