Que Pasa Monthly Article - October
Este mes vamos a hablar un poco sobre VAWA. VAWA es una ayuda para personas que han sido victimas de abuso por un ciudadano de los Estados Unidos.
¿Cuál es la diferencia entre VAWA y la Visa U? La diferencia entre estos dos beneficios es que la Visa U requiere participación en la investigación o convicción de un crimen cometido en contra de la victima pero no requiere que el agresor sea ciudadano americano o residente del país. El agresor puede ser indocumentado. Lo mas importante es la ayuda proveída por la victima a las autoridades. Sin embargo, VAWA requiere que el agresor sea ciudadano americano o residente. Pero la victima no necesariamente debe haber participado en la investigación o convicción del agresor.
¿El agresor tiene que ser la pareja de la victima? No, usted puede aplicar si fue agredido o si a sufrido crueldad o abuso extremo por sus padres ciudadanos americanos o residentes. También, usted puede aplicar si fue victima de crueldad o abuso extremo por su hijo/a ciudadano americano mayor de 18 años. La diferencia es que el hijo/a agresor debe ser ciudadano americano y no residente permanente.
¿Tengo que acudir a la policía o reportar el abuso? No es absolutamente necesario reportar el abuso a la policía, pero si es beneficial. La aplicación de VAWA requiere mucha evidencia del abuso. Usted tiene que comprobar que el abuso fue cruel y extremo. Debe incluir reportes de la policía, de investigadores, y/o records de corte. Si no los tiene, tendrá que suministrar cartas juradas de personas que tienen conocimiento propio del abuso y violencia.
Estas solo son algunas de las muchas preguntas que usted puede tener. Para mas información sobre este tipo de caso contacte a un abogado de inmigración que le podrá aconsejar de la manera correcta.
Introducción A La Ley De Fayad, P.C.
¿tiene Preguntas Sobre Sus Derechos? Listo Para Discutir Tu
Caso De Inmigración? Comuníquese Con Fayad Law, P.C. Ahora.
¿Qué diferencia a Fayad Law, P.C.?
Experiencia De Primera Mano
Como Inmigrantes
Inglés, Árabe, Francés,
Ruso Y Español
Una Trayectoria Probada
De Éxito
Personal, uno a uno
Atencion
Te Mantienes Informado
En Todo Momento
Nos Esforzamos Por El Cliente
Satisfacción
FAQs - Preguntas frecuentes
Hay docenas de diferentes tipos de visas disponibles bajo las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), pero todas pueden clasificarse en dos categorías: visas de inmigrante y no inmigrante. La primera es destinada para aquellos que desean establecerse como residentes permanentes y, posiblemente, obtener la naturalización o la ciudadanía. La segunda es para aquellos que planean únicamente visitar los Estados Unidos, por ejemplo, por motivo de negocios o de estudios.
La INA establece los límites de personas que podrán emigrar cada año a los Estados Unidos utilizando ciertos tipos de visas, mientras que otras son ilimitadas. Las visas de inmigración familiar para familiares directos de ciudadanos estadounidenses están disponibles de forma ilimitada, mientras que hay cuotas anuales establecidas para los familiares de residentes permanentes legales y la familia de los ciudadanos, con una cuota máxima de 480,000. El número de visas de inmigración basadas en empleo está limitado a 140,000 por año.
Las vías para obtener la ciudadanía incluyen el servicio militar en los Estados Unidos y la adopción, pero un gran porcentaje de todas las personas que se convierten en ciudadanos lo hacen a través del proceso de naturalización. Los requisitos básicos para la naturalización incluyen:
- Haber vivido en EE.UU como residente permanente durante 5 años (o 3 años para el cónyuge de un ciudadano estadounidense).
- Tener al menos 18 años de edad.
- Vivir dentro del estado en donde realizará la solicitud de ciudadanía por al menos 3 meses antes de la fecha de solicitud.
- Haber estado físicamente presente en el país durante al menos la mitad de los últimos 5 años.
- Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés.
- Tener conocimientos básicos sobre el Gobierno de EE.UU. y educación cívica.
También es necesario comprobar que es una persona de buen carácter moral y de que está apegado a los principios de la Constitución de EE.UU. Podemos ayudarle a comprobar estos factores, así como a preparar su solicitud y a prepararse para sus exámenes.