Retención de Deportación/Convención Contra la Tortura (CAT)
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Retención de Deportación/Convención Contra la Tortura (CAT)
Abogados de inmigración en Virginia ofreciendo ayuda para exención de deportación
Muchos extranjeros buscan obtener asilo político al huir o evitar regresar a sus países de origen (o de otros países) por persecución o riesgo de ser torturados. Para aquellas personas que no consiguen el asilo político, existen otras opciones disponibles como defensa de expulsión o deportación. Entre ellas está la retención de deportación y la protección Contra la Tortura (CAT). Mientras que estas formas de exención no extienden el mismo nivel de protección que el asilo político, pueden beneficiar mucho a los inmigrantes que están en riesgo de que los envíen a los países en donde su seguridad corre peligro.
Nuestros abogados de inmigración en Fayad Law, P.C. pueden ayudarle a determinar si es usted es elegible o no para alguna de estas opciones de exención y poder guiarlo en el proceso para solicitar dicha protección. Lea la información proporcionada a continuación para obtener una visión general sobre la retención de deportación y las protecciones de la CAT.
¿Qué es la retención de deportación?
Para poder obtener este tipo de exención, un extranjero debe comprobar que es más probable que su libertad o su vida corra peligro si se le envía de regreso al país de deportación. El extranjero debe comprobar específicamente que esta amenaza se producirá a causa de sus creencias religiosas, creencias políticas, raza, nacionalidad o por pertenecer a un determinado grupo social.
Una vez que una retención de deportación es concedida, el extranjero en cuestión ya no puede ser deportado al país al que teme regresar y solamente puede ser trasladado a un tercer país en dónde la persona no corra peligro. Esta retención le permite al no ciudadano permanecer y trabajar temporalmente en EE.UU. Sin embargo, a diferencia del asilo político, no es una vía para solicitar una residencia permanente o una ciudadanía.
¿Cuáles son las protecciones de la CAT?
Bajo la Convención de las Naciones Unidas Contra la Tortura, EE.UU. acordó no enviar a los no ciudadanos a países en donde podrían ser torturados. Las formas de exención que se ofrecen bajo este tratado internacional, se conocen como protecciones de la CAT. Para obtener dicha exención, un extranjero debe comprobar que su envío al país de deportación podría tener como resultado el ser torturado. A efectos de las protecciones de la CAT, la tortura se define como un dolor o sufrimiento físico o mental grave que un funcionario público (o alguien con un cargo similar) inflinge o permite intencionalmente. No es necesario que el solicitante de la protección compruebe si la tortura se basa en raza, religión, nacionalidad, creencias políticas o en la pertenencia a un grupo social determinado.
Los beneficiarios de la CAT podrán permanecer y trabajar temporalmente en EE.UU., aunque no podrán obtener una residencia permanente o una ciudadanía. No se verán obligados a regresar a los países en donde temían por sus vidas, en cambio, serán deportados a otro país en el que se espera no sean torturados. Hay algunos casos en los que un beneficiario de la CAT puede ser detenido, como por ejemplo, si dicho solicitante es un criminal. La retención o deportación son formas de otorgar la protección de la CAT.
Nuestro bufete legal de inmigración atiende clientes a nivel internacional desde nuestras oficinas ubicadas en Virginia y North Carolina. Contáctenos en Fayad Law P.C. para recibir asesoría sobre la retención de deportación y las protecciones de la CAT. Contamos con más de dos décadas de experiencia, por lo que puede confiar en que tenemos el conocimiento y la experiencia necesaria para guiarlo durante todo el proceso.
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FAQs - Preguntas frecuentes
Hay docenas de diferentes tipos de visas disponibles bajo las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), pero todas pueden clasificarse en dos categorías: visas de inmigrante y no inmigrante. La primera es destinada para aquellos que desean establecerse como residentes permanentes y, posiblemente, obtener la naturalización o la ciudadanía. La segunda es para aquellos que planean únicamente visitar los Estados Unidos, por ejemplo, por motivo de negocios o de estudios.
La INA establece los límites de personas que podrán emigrar cada año a los Estados Unidos utilizando ciertos tipos de visas, mientras que otras son ilimitadas. Las visas de inmigración familiar para familiares directos de ciudadanos estadounidenses están disponibles de forma ilimitada, mientras que hay cuotas anuales establecidas para los familiares de residentes permanentes legales y la familia de los ciudadanos, con una cuota máxima de 480,000. El número de visas de inmigración basadas en empleo está limitado a 140,000 por año.
Las vías para obtener la ciudadanía incluyen el servicio militar en los Estados Unidos y la adopción, pero un gran porcentaje de todas las personas que se convierten en ciudadanos lo hacen a través del proceso de naturalización. Los requisitos básicos para la naturalización incluyen:
- Haber vivido en EE.UU como residente permanente durante 5 años (o 3 años para el cónyuge de un ciudadano estadounidense).
- Tener al menos 18 años de edad.
- Vivir dentro del estado en donde realizará la solicitud de ciudadanía por al menos 3 meses antes de la fecha de solicitud.
- Haber estado físicamente presente en el país durante al menos la mitad de los últimos 5 años.
- Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés.
- Tener conocimientos básicos sobre el Gobierno de EE.UU. y educación cívica.
También es necesario comprobar que es una persona de buen carácter moral y de que está apegado a los principios de la Constitución de EE.UU. Podemos ayudarle a comprobar estos factores, así como a preparar su solicitud y a prepararse para sus exámenes.