Abogados de visa de inmigración para cónyuges extranjeros
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Abogados de visa de inmigración para cónyuges extranjeros
Visas para cónyuges de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes
Existen dos tipos de visas disponibles para inmigrantes, quienes planean viajar a los Estados Unidos con el propósito de reunirse con su cónyuge y establecerse como residente permanente en el país. El hecho de que la persona que vive actualmente en los Estados Unidos sea ciudadano o residente permanente, determinará qué tipo de visa es la más apropiada para su cónyuge. La visa IR-1 es la más adecuada para cónyuges de ciudadanos estadounidenses, mientras que la visa F2 es la mejor opción para cónyuges de residentes permanentes.
La visa IR-1 es el primer tipo de visa de la categoría de visas de Pariente Inmediato Inmigrante. Las estipulaciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) permiten un número ilimitado de estas visas, ya que la Ley de Inmigración Estadounidense da mayor prioridad a reunir a los ciudadanos con sus seres queridos que viven en el extranjero que reunir a los residentes permanentes con los suyos. Para definirse como “cónyuge” para una visa IR-1, es necesario demostrar que está legalmente casado(a) con su esposa o esposo.
Solicitar una visa para el cónyuge de un residente permanente, puede resultar más difícil que hacerlo para el cónyuge de un ciudadano estadounidense, ya que la INA otorga como límite 480,000 visas destinadas a la categoría de inmigración basada en preferencia familiar. Cerca de un cuarto de esta cifra se asigna a la categoría de visa F2, incluyendo no solo a los cónyuges de residentes permanentes sino también a sus hijos menores de edad e hijos solteros mayores de edad. El número de solicitudes para la visa de inmigración basada en preferencia familiar excede con frecuencia el número de visas disponibles que se otorgan por año, y cuando eso sucede, todos los solicitantes que deben esperar hasta el año siguiente reciben su visa por orden de llegada, según su fecha de prioridad, que es la fecha en la que presentaron su solicitud originalmente.
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Contáctenos en Fayad Law, P.C. antes de completar su formulario l-130 o antes de tomar cualquier otro paso, para que uno de nuestros abogados en Fairfax o Richmond puedan ayudarle en el proceso y orientarlo a lo largo del camino. Incluso los errores más simples pueden ocasionar que la solicitud le sea denegada o se retrase innecesariamente, lo cual podría extender el tiempo para reunirse con su cónyuge.
Nuestro bufete cuenta con oficinas en Richmond y Fairfax, y también brindamos atención a clientes alrededor del mundo. Estamos conscientes de lo que puede estar en juego, ¡es por eso que estamos listos para trabajar en su caso! Contáctenos hoy mismo para realizar una consulta gratuita y conozca más sobre cómo podemos ayudarle.
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FAQs - Preguntas frecuentes
Hay docenas de diferentes tipos de visas disponibles bajo las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), pero todas pueden clasificarse en dos categorías: visas de inmigrante y no inmigrante. La primera es destinada para aquellos que desean establecerse como residentes permanentes y, posiblemente, obtener la naturalización o la ciudadanía. La segunda es para aquellos que planean únicamente visitar los Estados Unidos, por ejemplo, por motivo de negocios o de estudios.
La INA establece los límites de personas que podrán emigrar cada año a los Estados Unidos utilizando ciertos tipos de visas, mientras que otras son ilimitadas. Las visas de inmigración familiar para familiares directos de ciudadanos estadounidenses están disponibles de forma ilimitada, mientras que hay cuotas anuales establecidas para los familiares de residentes permanentes legales y la familia de los ciudadanos, con una cuota máxima de 480,000. El número de visas de inmigración basadas en empleo está limitado a 140,000 por año.
Las vías para obtener la ciudadanía incluyen el servicio militar en los Estados Unidos y la adopción, pero un gran porcentaje de todas las personas que se convierten en ciudadanos lo hacen a través del proceso de naturalización. Los requisitos básicos para la naturalización incluyen:
- Haber vivido en EE.UU como residente permanente durante 5 años (o 3 años para el cónyuge de un ciudadano estadounidense).
- Tener al menos 18 años de edad.
- Vivir dentro del estado en donde realizará la solicitud de ciudadanía por al menos 3 meses antes de la fecha de solicitud.
- Haber estado físicamente presente en el país durante al menos la mitad de los últimos 5 años.
- Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés.
- Tener conocimientos básicos sobre el Gobierno de EE.UU. y educación cívica.
También es necesario comprobar que es una persona de buen carácter moral y de que está apegado a los principios de la Constitución de EE.UU. Podemos ayudarle a comprobar estos factores, así como a preparar su solicitud y a prepararse para sus exámenes.