Abogados de asilo defensivo en Richmond
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Elija a un abogado experto en defensa de deportación en Virginia
Cuanto ciudadanos extranjeros huyen de sus países de origen a los Estados Unidos debido a persecuciones que los ponen en grave peligro, a menudo califican para obtener asilo en el país. Esto les permite permanecer de forma legal en EE.UU. y, eventualmente, solicitar una residencia permanente. Una de estas formas de asilo se denomina como “asilo defensivo”. Esto sucede cuando un extranjero enfrenta un proceso de traslado y solicita el asilo como defensa en contra de dicho traslado. De acuerdo con los Servicios de Inmigración y Ciudadania de los Estados Unidos (USCIS), una persona puede ser apta para un procedimiento de asilo defensivo en una de las siguientes situaciones:
- Si el ciudadano extranjero fue detenido en un puerto de entrada de los Estados Unidos u otra parte, sin suficiente documentación legal o con violaciones de su estatus migratorio.
- Si el ciudadano extranjero fue detenido al tratar de ingresar a los Estados Unidos de forma ilegal y sin suficiente documentación, si fue sometido a un proceso de deportación expedita o sí demostró tener temor legítimo de ser torturado o perseguido.
Aquel ciudadano extranjero que fue considerado no apto para asilo a través del proceso tradicional (proceso de asilo afirmativo) y que el USCIS remitió el caso a un juez de inmigración. Los casos de asilo defensivo deben ser escuchados ante un juez. Tanto el abogado del ciudadano extranjero y el abogado del Gobierno de EE.UU. deben presentar sus argumentos ante el juez, quien decide si el asilo se otorgará. Si el asilo no es una opción, el juez puede aprobar otro tipo de dispensa de traslado o deportación. Aquellos que pierden casos de deportación defensiva y que tampoco pueden obtener otro tipo dispensa, son deportados de los Estados Unidos.
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¿Está tratando de obtener protección en los Estados Unidos a través de un procedimiento de asilo defensivo? Si es así, es esencial que contrate los servicios de un abogado calificado y experto en materia de inmigración. Uno de nuestros abogados en Fayad Law P.C. puede ayudarle a garantizar que su caso se argumente de manera efectiva ante un juez y que todos los otros aspectos de su asunto migratorio se manejen adecuadamente. Si no cuenta con la representación legal adecuada, puede correr el riesgo de ser deportado de los Estados Unidos y verse obligado a regresar a la situación amenazante a la que se enfrentaba anteriormente en su país de origen.
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FAQs - Preguntas frecuentes
Hay docenas de diferentes tipos de visas disponibles bajo las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), pero todas pueden clasificarse en dos categorías: visas de inmigrante y no inmigrante. La primera es destinada para aquellos que desean establecerse como residentes permanentes y, posiblemente, obtener la naturalización o la ciudadanía. La segunda es para aquellos que planean únicamente visitar los Estados Unidos, por ejemplo, por motivo de negocios o de estudios.
La INA establece los límites de personas que podrán emigrar cada año a los Estados Unidos utilizando ciertos tipos de visas, mientras que otras son ilimitadas. Las visas de inmigración familiar para familiares directos de ciudadanos estadounidenses están disponibles de forma ilimitada, mientras que hay cuotas anuales establecidas para los familiares de residentes permanentes legales y la familia de los ciudadanos, con una cuota máxima de 480,000. El número de visas de inmigración basadas en empleo está limitado a 140,000 por año.
Las vías para obtener la ciudadanía incluyen el servicio militar en los Estados Unidos y la adopción, pero un gran porcentaje de todas las personas que se convierten en ciudadanos lo hacen a través del proceso de naturalización. Los requisitos básicos para la naturalización incluyen:
- Haber vivido en EE.UU como residente permanente durante 5 años (o 3 años para el cónyuge de un ciudadano estadounidense).
- Tener al menos 18 años de edad.
- Vivir dentro del estado en donde realizará la solicitud de ciudadanía por al menos 3 meses antes de la fecha de solicitud.
- Haber estado físicamente presente en el país durante al menos la mitad de los últimos 5 años.
- Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés.
- Tener conocimientos básicos sobre el Gobierno de EE.UU. y educación cívica.
También es necesario comprobar que es una persona de buen carácter moral y de que está apegado a los principios de la Constitución de EE.UU. Podemos ayudarle a comprobar estos factores, así como a preparar su solicitud y a prepararse para sus exámenes.