Family Immigration

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Family based immigrant visas to the US.

Permanent immigration or lawful permanent residency in the U.S. comes with a variety of rights and privileges including the right to permanently live and work in the U.S. If you want to immigrate to the U.S. through the family-based category, your relative who is either a U.S. Citizen or a Lawful Permanent Resident must sponsor you.

Procedure to Apply for Family-Based Immigration

  • Your sponsor must submit Form I-130 (Petition for Alien Relative) for you at a USCIS center, along with documentation to prove that:
  • He/She is a Citizen or Lawful Permanent Resident of the U.S.
  • He/She can support you at 125% above the mandated poverty line and fill out an Affidavit of Support.
  • You are related to him/her.

Once USCIS receives your visa petition from your sponsor, it will be approved or denied. In the event that the petition is approved, USCIS will notify your sponsor. If you are outside of the US, USCIS then sends the approved visa petition to the Department of State’s National Visa Center. The Center will notify you when the visa petition is received and again when an immigrant visa number is available. The immigrant visa numbers are chosen on the basis of the Preference Categories (described below). You can check your visa number allotment status in the Department of State’s Visa Bulletin.

 

If you are already in the U.S. when an immigrant visa number is allotted to you, you can apply to change your status to that of a Lawful Permanent Resident. If you are not in the U.S. when an immigrant visa number becomes available, you must complete the processing of your application at the U.S. Consulate that services the area in which you reside.

Preference Categories

There are several preference categories for allotting of immigrant visa numbers based on the status of the sponsor.

 

Immediate Allotment: Immediate relatives of U.S. citizens do not have to wait for an immigrant visa number. Once the application is approved by USCIS, they are allotted a number immediately. Immediate relatives include the sponsor’s – parents, spouse and unmarried children below the age of 21 years.

 

First Preference: Unmarried adult (above the age of 21 years) sons and daughters of U.S. citizens.

 

Second Preference: Spouses of Lawful Permanent Residents and their unmarried sons and daughters of any age.

 

Third Preference: Married sons and daughters of U.S. citizens.

 

Fourth Preference: Brothers and sisters of adult U.S. citizens.

A US Citizen can sponsor:

  • His/her spouse
  • Unmarried son/daughter of any age
  • Married son/daughter of any age
  • Parent/Brother/sister provided the sponsor is at least 21 years of age

A Lawful Permanent Resident can sponsor:

  • His/her spouse
  • Unmarried son/daughter of any age

Introducción A La Ley De Fayad, P.C.

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FAQs - Preguntas frecuentes

Hay docenas de diferentes tipos de visas disponibles bajo las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), pero todas pueden clasificarse en dos categorías: visas de inmigrante y no inmigrante. La primera es destinada para aquellos que desean establecerse como residentes permanentes y, posiblemente, obtener la naturalización o la ciudadanía. La segunda es para aquellos que planean únicamente visitar los Estados Unidos, por ejemplo, por motivo de negocios o de estudios.

La INA establece los límites de personas que podrán emigrar cada año a los Estados Unidos utilizando ciertos tipos de visas, mientras que otras son ilimitadas. Las visas de inmigración familiar para familiares directos de ciudadanos estadounidenses están disponibles de forma ilimitada, mientras que hay cuotas anuales establecidas para los familiares de residentes permanentes legales y la familia de los ciudadanos, con una cuota máxima de 480,000. El número de visas de inmigración basadas en empleo está limitado a 140,000 por año.

Las vías para obtener la ciudadanía incluyen el servicio militar en los Estados Unidos y la adopción, pero un gran porcentaje de todas las personas que se convierten en ciudadanos lo hacen a través del proceso de naturalización. Los requisitos básicos para la naturalización incluyen:

  • Haber vivido en EE.UU como residente permanente durante 5 años (o 3 años para el cónyuge de un ciudadano estadounidense).
  • Tener al menos 18 años de edad.
  • Vivir dentro del estado en donde realizará la solicitud de ciudadanía por al menos 3 meses antes de la fecha de solicitud.
  • Haber estado físicamente presente en el país durante al menos la mitad de los últimos 5 años.
  • Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés.
  • Tener conocimientos básicos sobre el Gobierno de EE.UU. y educación cívica.

También es necesario comprobar que es una persona de buen carácter moral y de que está apegado a los principios de la Constitución de EE.UU. Podemos ayudarle a comprobar estos factores, así como a preparar su solicitud y a prepararse para sus exámenes.

En junio de 2012, la administración de Obama ordenó al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) que comenzará a aplicar una política que se conoce como Acción diferida para los llegados en la infancia (DACA). Bajo dicha acción, el DHS está ejerciendo su discreción en la ejecución de las leyes sobre la deportación y expulsión de inmigrantes que se encuentran ilegalmente en los Estados Unidos. La acción diferida no representa un cambio en la ley actual, sino que es un cambio en la forma en la que se aplica la ley. Usted puede calificar bajo la DACA si tenía menos de 31 años el 15 de Junio del 2012 cuando vino por primera vez a EE.UU. y antes de cumplir 16 años, también si ha residido continuamente en este país desde el 15 de Junio del 2007 y está estudiando actualmente o si ya se ha graduado del bachillerato o ha obtenido su certificado de desarrollo educativo general (GED), entre otros criterios. Con la acción diferida puede evitar ser deportado, aunque no le otorga ningún cambio en su estatus migratorio.
En la revisión de solicitudes de visa de inmigración, el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de EE.UU. (USCIS) considera los factores relacionados con los vínculos que el inmigrante tiene con los Estado Unidos y las razones por las cuales el solicitante desea o necesita vivir en este país. Por ejemplo, una solicitud de inmigración familiar no puede ser aprobada a menos que el extranjero en cuestión tenga familiares directos, tales como: cónyuge, madre o padre, hijos o hermanos viviendo actualmente en el país como ciudadanos o residentes permanentes. Es más probable que se apruebe  una solicitud de inmigración basada en empleo si el solicitante tiene una oferta de trabajo en este país y viene a cubrir un puesto que no puede ser ocupado por alguien del mercado laboral local. A un extranjero que está huyendo de una persecución en su país se le puede otorgar una visa como refugiado o de asilo político.
Existen muchas estrategias para enfrentar una acción de deportación. Si la deportación propuesta está basada en una condena criminal, es posible apelar dicha condena para anularla. Otra opción es solicitar una cancelación de expulsión, lo que es un tipo de dispensa de inmigración, y la cual está disponible para personas de buen carácter moral y cuya deportación sometería a un familiar ciudadano o residente permanente a dificultades extremas. La clave para detener una deportación exitosamente es actuar de inmediato al contratar a uno de nuestros abogados de inmigración lo antes posible. Contáctenos en Fayad Law P.C. en este momento para recibir una consulta de forma confidencial y así comenzar a trabajar en su caso.
Fayad Law, P.C. Cuenta con oficinas en Richmond y Fairfax, en Virginia. Trabajamos con personas, familias y empresas de todo el mundo, brindándoles asesoría para resolver asuntos legales relacionados con ayudar a sus seres queridos y empleados a emigrar a los Estados Unidos. Trabajamos directamente con extranjeros que viven fuera del país, guiándolos en todo el proceso para obtener visas de inmigrante y no inmigrante y que puedan ingresar a EE.UU.

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