Abogados de Estado de Protección Temporal (TPS) en Richmond
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Abogados de Estado de Protección Temporal (TPS) en Richmond
Protección especial para extranjeros explicada por nuestros abogados en Virginia
Cuando otro país o parte de un país se ve sometido a condiciones extremadamente peligrosas, como una guerra que ponga en peligro a sus ciudadanos, los Estados Unidos podrían otorgarle a los ciudadanos de ese país un Estado de Protección Temporal (TPS), así es posible que obtengan una exención temporal de expulsión o deportación como beneficiarios del TPS. Dichos beneficiarios pueden ser personas originarias o residentes permanentes del país en cuestión. Una vez que han sido reconocidos como beneficiarios, no pueden ser detenidos por el ICE por razones migratorias o no pueden ser deportados de EE.UU. por un tiempo determinado. El Gobierno de EE.UU también debe otorgarles documentos de permiso de trabajo (EAD) y de autorización para viajar.
Estas son algunas de las diversas situaciones que pueden resultar en la concesión del TPS, según los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS):
- El país se encuentra sometido a un conflicto armado que está en curso, así como cuando hay guerra civil.
- El país ha sido afectado por un desastre natural, como un huracán.
- El país está sufriendo una grave pandemia.
- Hay algunas otras condiciones temporales que afectan al país.
Hay que tomar en cuenta que el ser reconocido como beneficiario de un TPS no le otorga al extranjero un estatus de residente permanente legal ni de asilo político. Si el extranjero en cuestión quisiera obtener alguno de estos estatutos, él o ella deberá realizar la solicitud correspondiente. Haga click en este enlace para ver la lista de países a los que se les ha otorgado el TPS. Haga Clic Aquí
Asesoría de un abogado experto en inmigración en Virginia
Un abogado de inmigración de Fayad Law P.C. puede proporcionarle orientación eficaz en materia legal, considerando las opciones posibles para solicitar protección como beneficiario de la TPS. Si usted califica para este tipo de protección, nosotros podemos ayudarle en cada etapa del proceso. Representamos extranjeros que lidian con asuntos de defensa de expulsión o deportación, así como con otro tipo de asuntos migratorios.
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FAQs - Preguntas frecuentes
Hay docenas de diferentes tipos de visas disponibles bajo las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), pero todas pueden clasificarse en dos categorías: visas de inmigrante y no inmigrante. La primera es destinada para aquellos que desean establecerse como residentes permanentes y, posiblemente, obtener la naturalización o la ciudadanía. La segunda es para aquellos que planean únicamente visitar los Estados Unidos, por ejemplo, por motivo de negocios o de estudios.
La INA establece los límites de personas que podrán emigrar cada año a los Estados Unidos utilizando ciertos tipos de visas, mientras que otras son ilimitadas. Las visas de inmigración familiar para familiares directos de ciudadanos estadounidenses están disponibles de forma ilimitada, mientras que hay cuotas anuales establecidas para los familiares de residentes permanentes legales y la familia de los ciudadanos, con una cuota máxima de 480,000. El número de visas de inmigración basadas en empleo está limitado a 140,000 por año.
Las vías para obtener la ciudadanía incluyen el servicio militar en los Estados Unidos y la adopción, pero un gran porcentaje de todas las personas que se convierten en ciudadanos lo hacen a través del proceso de naturalización. Los requisitos básicos para la naturalización incluyen:
- Haber vivido en EE.UU como residente permanente durante 5 años (o 3 años para el cónyuge de un ciudadano estadounidense).
- Tener al menos 18 años de edad.
- Vivir dentro del estado en donde realizará la solicitud de ciudadanía por al menos 3 meses antes de la fecha de solicitud.
- Haber estado físicamente presente en el país durante al menos la mitad de los últimos 5 años.
- Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés.
- Tener conocimientos básicos sobre el Gobierno de EE.UU. y educación cívica.
También es necesario comprobar que es una persona de buen carácter moral y de que está apegado a los principios de la Constitución de EE.UU. Podemos ayudarle a comprobar estos factores, así como a preparar su solicitud y a prepararse para sus exámenes.