Abogados de visa EB-2 para empleados profesionales
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Abogados de visa EB-2 para empleados profesionales
Nuestros abogados de inmigración en Virginia pueden determinar su elegibilidad
Del total de 140,000 visas que asigna cada año la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) para fines de inmigración laboral, el 28.6% de ellas están reservadas para la segunda de las cinco categorías restantes, la visa EB-2. Estas 40,040 visas están destinadas para dos subcategorías de extranjeros: Profesionales con titulación superior y personas con aptitudes excepcionales.
En algunos años solo se otorgan algunas del número total disponible, cómo en el 2006, cuando únicamente se distribuyeron 21,911 visa EB-2, mientras que en otros años el número total incluye un retraso del año anterior. Tal como ocurrió en el 2011, cuando el total de visa EB-2 otorgadas alcanzó los 66,831. Para poder calificar para este tipo de visa laboral, debe demostrar por medio de evidencia que se encuentra en una de las siguientes subcategorías:
Profesional con titulación superior:
Para los propósitos de esta categoría, un “título superior” es aquel que supera el nivel de bachillerato, como una maestría o un doctorado como el que posee un abogado o un médico. No obstante, no basta con presentar el título. Además, debe demostrar que cuenta con un mínimo de cinco años de experiencia continua en dicha profesión.
Persona con aptitud excepcional:
Una “aptitud excepcional” puede abarcar habilidades en los campos de ciencia, arte o negocios, pero al nivel de ser reconocido por contar con cierta experiencia muy encima de lo que se encuentra habitualmente en dicho campo.
Asesoría para solicitar una visa EB-2
Antes de que una persona solicite una visa EB-2, su empleador(a) prospecto debe actuar como patrocinador y completar una petición de inmigración para trabajador extranjero, o un formulario l-140. También debe obtener un certificado laboral para demostrar que el puesto en cuestión no puede cubrirse fácilmente contratando a alguien del mercado local. Sin embargo, a veces se puede prescindir de estos requisitos solicitando una Exención por Interés Nacional basada en evidencia, que podría servir para intereses de los Estados Unidos para que se le permita emigrar al solicitante.
En Fayad Law, P.C. indagamos en todas estas opciones para ayudar a nuestros clientes a acelerar sus casos. Le invitamos a ponerse en contacto con nosotros hoy mismo para agendar una consulta con uno de nuestros abogados de inmigración, quienes podrán responder a todas sus preguntas y ayudarle a comenzar con el proceso. Trabajamos con clientes alrededor del mundo y con empresas internacionales. También podemos atenderle en nuestras oficinas ubicadas en Fairfax y Richmond, Virginia.
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FAQs - Preguntas frecuentes
Hay docenas de diferentes tipos de visas disponibles bajo las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), pero todas pueden clasificarse en dos categorías: visas de inmigrante y no inmigrante. La primera es destinada para aquellos que desean establecerse como residentes permanentes y, posiblemente, obtener la naturalización o la ciudadanía. La segunda es para aquellos que planean únicamente visitar los Estados Unidos, por ejemplo, por motivo de negocios o de estudios.
La INA establece los límites de personas que podrán emigrar cada año a los Estados Unidos utilizando ciertos tipos de visas, mientras que otras son ilimitadas. Las visas de inmigración familiar para familiares directos de ciudadanos estadounidenses están disponibles de forma ilimitada, mientras que hay cuotas anuales establecidas para los familiares de residentes permanentes legales y la familia de los ciudadanos, con una cuota máxima de 480,000. El número de visas de inmigración basadas en empleo está limitado a 140,000 por año.
Las vías para obtener la ciudadanía incluyen el servicio militar en los Estados Unidos y la adopción, pero un gran porcentaje de todas las personas que se convierten en ciudadanos lo hacen a través del proceso de naturalización. Los requisitos básicos para la naturalización incluyen:
- Haber vivido en EE.UU como residente permanente durante 5 años (o 3 años para el cónyuge de un ciudadano estadounidense).
- Tener al menos 18 años de edad.
- Vivir dentro del estado en donde realizará la solicitud de ciudadanía por al menos 3 meses antes de la fecha de solicitud.
- Haber estado físicamente presente en el país durante al menos la mitad de los últimos 5 años.
- Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés.
- Tener conocimientos básicos sobre el Gobierno de EE.UU. y educación cívica.
También es necesario comprobar que es una persona de buen carácter moral y de que está apegado a los principios de la Constitución de EE.UU. Podemos ayudarle a comprobar estos factores, así como a preparar su solicitud y a prepararse para sus exámenes.