El Permiso de Trabajo: Su Tramite y los Derechos que Otorga

GET THE LEGAL HELP YOU NEED

El Permiso de Trabajo es un documento otorgado por USCIS (“Migración”) con el propósito de darle el derecho al migrante de trabajar legalmente mientras un proceso de migración está en trámite. Este documento también es emitido por Migración cuando existe una protección a la deportación como lo es el TPS. Comúnmente, una persona aplica y recibe un Permiso de Trabajo mientras Migración revisa y decide su caso. Tal es la situación en casos de asilo (esperando 150 a partir de la fecha que se entregó la solicitud), Cancelación de Exclusión, y ajuste de status en una petición laboral o familiar.

Para solicitar el permiso de trabajo, el migrante debe someter el formato I-765 con pruebas para comprobar que su caso está pendiente y bajo trámite con migración. En ciertos casos como el de ajuste de status o TPS, esta solicitud se puede someter junto con la aplicación del estatus pedido.

El Permiso de Trabajo otorga el derecho de trabajar, obtener un número de seguro social, y también funciona como identificación federal que permite obtener una licencia de conducir en la mayoría de los estados de este país. También indica que la presencia del migrante es legal, que también es requisito en varios estados para recibir una licencia de conducir.

Sin embargo, es importante recalcar que el Permiso de Trabajo no otorga el derecho a viajar al extranjero. Tampoco otorga un estatus legal en el país. Por lo tanto, si un migrante sale del país mientras su estatus está pendiente, aunque tenga un permiso de trabajo, no es seguro que podrá regresar a los Estados Unidos para continuar su trámite. Este documento está diseñado para facilitar la vida cotidiana de una persona mientras su estatus migratorio es tramitado.

Descargo de responsabilidad: Todo asunto legal es diferente. El resultado de cada caso legal depende de muchos factores, incluyendo los hechos del caso, y ningún abogado puede garantizar un resultado positivo en un caso particular. Cualquier testimonio o respaldo no constituye una garantía, garantía, o predicción respecto al resultado de su asunto legal. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.